Si tu empresa todavía emite comprobantes con secuencia tipo B, este es el momento de actuar. La República Dominicana está en la recta final de la implementación de la facturación electrónica obligatoria establecida por la Ley 32-23, y los plazos de 2026 afectan a casi todos los contribuyentes que aún no se han certificado.
En este artículo te explicamos, segmento por segmento, qué fechas aplican a tu empresa, qué cambió con las prórrogas y qué debes hacer ahora.
Calendario de obligatoriedad vigente
La Ley 32-23 estableció un calendario gradual según la clasificación de los contribuyentes. Tras varias prórrogas y avisos de la DGII, la situación a octubre de 2026 es la siguiente:
| Segmento | Fecha clave | Qué implica |
|---|---|---|
| Grandes Contribuyentes Nacionales | 31 de diciembre de 2025 | Emisión exclusiva de e-CF tipo E (Aviso 25-25). |
| Grandes Locales y Medianos | 1 de noviembre de 2026 | Solo e-CF. Secuencias B válidas hasta el 31/10/2026. |
| Pequeños, Micro y no clasificados | 15 de noviembre de 2026 | Fecha límite de implementación tras el Aviso 06-26. |
Consejo: confirma tu clasificación en la Oficina Virtual (OFV) de la DGII. Muchas empresas desconocen en qué segmento están y eso cambia su fecha límite.
Grandes Contribuyentes Nacionales
Fueron el primer grupo obligado. Mediante el Aviso 25-25, la DGII dispuso que desde el 31 de diciembre de 2025 todos los Grandes Contribuyentes Nacionales deben emitir únicamente comprobantes fiscales electrónicos. Si una empresa de este segmento todavía no lo hace, está en situación de incumplimiento.
Grandes Locales y Medianos: fin de las secuencias B
Para este segmento, el plazo de implementación ya había vencido en 2025. La novedad de 2026 es el fin del uso ordinario de las secuencias tipo B:
- Las secuencias B asignadas a estos contribuyentes solo son válidas hasta el 31 de octubre de 2026, conforme al artículo 55 del Reglamento 587-24.
- Desde el 1 de noviembre de 2026 deben emitir exclusivamente e-CF con secuencias tipo E.
- Después de esa fecha, los comprobantes B solo pueden usarse en contingencia declarada, según el capítulo IX del Reglamento.
Pequeños, Micro y no clasificados: prórroga al 15 de noviembre
El 6 de mayo de 2026, la DGII publicó el Aviso 06-26, que otorgó una prórroga de seis meses a los contribuyentes clasificados como Pequeños, Micro y no clasificados. La nueva fecha límite es el 15 de noviembre de 2026.
Puntos clave de esta prórroga:
- Se aplica automáticamente, sin necesidad de solicitarla.
- No elimina la obligación, solo amplía el tiempo para completar la certificación.
- Al vencer el plazo, quienes no hayan implementado la facturación electrónica incurren en las infracciones del artículo 26 de la Ley 32-23.
¿Cuánto tiempo toma certificarse?
Este es el punto que muchas empresas subestiman. Para emitir e-CF no basta con contratar un sistema: hay que completar el proceso de certificación como emisor electrónico ante la DGII, que incluye solicitud, pruebas de datos, simulación, validación de la representación impresa y declaración jurada.
Con un proveedor que acompañe el proceso, una empresa con la plataforma web puede completarlo en pocos días o semanas; en integraciones con ERP, el tiempo depende del sistema. Por eso, esperar a la última semana es el mayor riesgo: la demanda de certificaciones se concentra cerca de cada fecha límite.
Lee nuestra guía de cómo ser emisor electrónico ante la DGII para conocer cada etapa.
Qué hacer ahora: checklist
- Verifica tu segmento en la Oficina Virtual de la DGII.
- Obtén tu certificado digital para procedimiento tributario (te explicamos cómo).
- Elige tu modalidad: plataforma web o integración con tu ERP.
- Inicia la certificación cuanto antes.
- Capacita a tu equipo de facturación y contabilidad.
- Controla tus secuencias B restantes para no quedarte sin comprobantes válidos.
Conclusión
Las fechas de 2026 marcan el cierre de la transición a la facturación electrónica en República Dominicana. Tanto si eres mediano como si eres pequeño o micro, el tiempo para certificarte es corto. Revisa también las sanciones por no emitir factura electrónica para dimensionar el riesgo, y consulta siempre los avisos oficiales en dgii.gov.do.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la fecha límite para pequeños y micro contribuyentes?
El 15 de noviembre de 2026, según el Aviso 06-26 de la DGII, que otorgó una prórroga de seis meses a Pequeños, Micro y no clasificados.
¿Hasta cuándo puedo usar comprobantes tipo B si soy mediano?
Las secuencias tipo B de Grandes Locales y Medianos son válidas hasta el 31 de octubre de 2026. Desde el 1 de noviembre de 2026 deben emitir exclusivamente e-CF.
¿Hay que solicitar la prórroga?
No. La prórroga del Aviso 06-26 se aplica de forma automática y generalizada a los contribuyentes del segmento, sin solicitud individual.
¿Habrá otra prórroga?
No hay garantía. La DGII ha reiterado que las prórrogas no eliminan la obligación. Lo prudente es iniciar la certificación cuanto antes, ya que el proceso toma tiempo.
